Articulo 28 Presupuestos 2013 Murcia

Articulo 28 Presupuestos 2013 Murcia

Ver Indice
»

Artículo 28. - Retribuciones del personal funcionario interino.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El personal funcionario interino percibirá las retribuciones básicas, incluidos trienios, correspondientes al grupo o subgrupo en el que esté incluido el cuerpo en el que ocupe vacante, siendo de aplicación a este colectivo lo previsto en el artículo 27, apartado b), de la presente ley; asimismo dicho personal percibirá las retribuciones complementarias correspondientes al puesto de trabajo desempeñado, excluidas las que estén vinculadas a la condición del personal funcionario de carrera.