Articulo 28 Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León
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»Artículo 28. Límite de endeudamiento de la Comunidad.
Vigente
La Dirección General del Tesoro y Política Financiera velará por el respeto a la capacidad de endeudamiento de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, en el marco de la suspensión de las reglas fiscales en 2023.
Para ello, podrá solicitar a cualquier organismo o entidad en los que participe la Comunidad la información que considere relevante sobre sus operaciones de endeudamiento, así como su situación y previsión de tesorería.

