Articulo 28 Régimen fisca...de Bizkaia

Articulo 28 Régimen fiscal de cooperativas de Bizkaia

  • La presente Norma Foral tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
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Artículo 28. Deducción por creación de empleo

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La deducción por creación de empleo prevista en la normativa del Impuesto sobre Sociedades será de aplicación, además de en los supuestos y con los requisitos establecidos para cada ejercicio económico, a la admisión definitiva, una vez superado el período de prueba, de nuevas personas socias trabajadoras en las cooperativas de trabajo asociado o, en general, de personas socias de trabajo en cualquier cooperativa.