Articulo 28 Reglamento General de Contratación Pública
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»Artículo 28. Porcentaje de gastos generales
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El porcentaje a aplicar en la Comunidad de Madrid sobre el presupuesto de ejecución material de los proyectos de obras para gastos generales de estructura a que se refiere el artículo 131.1 a) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, será del 13 por 100. No obstante, los Consejeros podrán autorizar, para proyectos de obras determinados y atendiendo a la naturaleza de las obras o a las circunstancias concurrentes, un porcentaje superior, hasta el límite del 17 por 100.
