Articulo 28 Reglamento de...ión Urbana

Articulo 28 Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

Ver Indice
»

Artículo 28.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El plan general señalara el limite temporal al que se refiere el conjunto de sus previsiones, a partir del cual, y segun el grado de realizacion de estas, deba procederse a su revision.asimismo establecera las circunstancias en cuya virtud habra de llevarse a cabo su revision anticipada, fijando los margenes de tolerancia admisibles para las deviaciones entre la evolucion real y las previsiones del planeamineto que justificaron la clasificaion del suelo o el modelo de desarrollo urbano inicialmente adoptado.