Articulo 28 Reglamento de...autonómico

Articulo 28 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico

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Artículo 28. Cese

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1. El personal funcionario de carrera que accedió a su puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública podrá ser removido discrecionalmente.

La motivación de esta resolución se referirá a la competencia para adoptarla.

2. La persona removida tiene derecho la que se le asigne un puesto de trabajo mediante el procedimiento de adscripción provisional regulado en la sección cuarta del capítulo III.