Articulo 28 regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ambito de la Administracion Electronica
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»Artículo 28. Publicación de conformidad.
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Los órganos y Entidades de Derecho Público de las Administraciones públicas darán publicidad, en las correspondientes sedes electrónicas, a las declaraciones de conformidad y a otros posibles distintivos de interoperabilidad de los que sean acreedores, obtenidos respecto al cumplimiento del Esquema Nacional de Interoperabilidad.
