Artículo 28 Se regulan la...u registro

Artículo 28 Se regulan las entidades de certificación de conformidad municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia y su registro

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Artículo 28. Documentación

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1. Las ECCOM formalizarán sus actuaciones a través de certificaciones de conformidad, certificados, actas, informes y dictámenes.

2. La consellería competente en materia de urbanismo y los ayuntamientos podrán aprobar modelos de los documentos que tengan que emitir las ECCOM en el ejercicio de sus funciones. Dichos modelos deberán estar disponibles en la página web de la Xunta de Galicia y, en su caso, de los ayuntamientos.

3. Los documentos emitidos por las ECCOM deberán estar firmados por el personal técnico que efectúe la función de certificación, verificación, inspección o control, así como por la persona que ostente el máximo cargo de responsabilidad técnica de la entidad, de acuerdo con su organigrama. Los documentos que incluyan valoraciones jurídicas deberán estar firmados también por el personal jurídico de la entidad.