Articulo 28 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 28. Objetivo general.
Vigente
Las Directrices de Ordenación Territorial son el instrumento expresivo de los fines y objetivos de la política territorial del Principado de Asturias, constituyendo el principal elemento de planificación y coordinación territorial y la base para el desarrollo de las actuaciones con incidencia territorial que hayan de producirse en la Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004