Articulo 28 TR de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Articulo 28 TR de la Ley ... Urbanismo

Articulo 28 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 28. Instrumentos de ordenación territorial.

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1. Los instrumentos de ordenación territorial de la Comunidad Foral de Navarra son:

a) La Estrategia Territorial de Navarra.

b) Los Planes de Ordenación Territorial.

c) Los Planes Directores de Acción Territorial.

d) Los Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal.

2. Además, tendrán la consideración de instrumentos de ordenación territorial los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, tales como los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, el Plan Director de Carreteras de Navarra, y otros similares así declarados expresamente, que se regirán por su legislación específica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-2017 en vigor desde 01-09-2017