Articulo 28 TR Ley de Hacienda

Articulo 28 TR. Ley de Hacienda

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Artículo 28. Actos y contratos realizados en perjuicio de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha.

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Los actos y contratos realizados en perjuicio de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha por quienes resulten deudores de ella serán rescindibles con arreglo a las disposiciones legales.