Articulo 28 TR. de la Ley de Hacienda de Murcia
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»Artículo 28. Ámbito temporal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
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El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán:
a) Los derechos liquidados durante el mismo, cualquiera que sea el periodo de que deriven.
b) Las obligaciones reconocidas hasta el 31 de diciembre del correspondiente ejercicio, siempre que correspondan a adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos en general realizados dentro del mismo y con cargo a los respectivos créditos.
