Articulo 28 Turismo de C. La Mancha
Ver Indice
»Artículo 28. Concepto.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituyen asociaciones de empresarios turísticos las agrupaciones voluntariamente formadas por los mismos con el fin de defender los intereses comunes de carácter turístico y definir estrategias de actuación, así como mejorar y asegurar convenientemente sus aspiraciones empresariales en el ámbito de su actividad turística.
