Articulo 28 Viviendas de uso turístico en Murcia
Artículo 28. Declaración responsable. Clasificación.
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1. Los titulares de la explotación de alojamiento turístico a que se refiere este decreto, con carácter previo a la prestación del servicio, deberán presentar ante el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, una declaración responsable para la clasificación turística, según modelo normalizado, a los efectos que establece el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que constará, como mínimo:
a) Datos del titular del servicio de alojamiento.
b) Relación de la o las viviendas o de las habitaciones de viviendas de uso turístico, con sus datos identificativos incluyendo su referencia catastral y su capacidad.
c) Manifestación de que se cumplen todos los requisitos establecidos en este decreto, que disponen de la documentación que así lo acredita y que se comprometen al mantenimiento de su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad turística.
d) Manifestación de disponibilidad del inmueble para ser destinado a alojamiento turístico.
e) Manifestación de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil al que se refiere el artículo 8 del presente decreto y compromiso de mantenerlo en permanente vigencia.
f) En el supuesto de alojamiento turístico por habitaciones, manifestación de tener el titular de la explotación su residencia efectiva y empadronamiento en la vivienda.
g) Designación del responsable de los alojamientos.
2. Con la presentación completa de la declaración responsable se entenderá cumplida la obligación que el artículo 40.1 de la Ley 12/2013 de Turismo de la Región de Murcia atribuye a las empresas turísticas y con los efectos del artículo 20.1 del indicado texto legal.
3. Desde la presentación completa de la declaración responsable, a que se refiere el presente artículo, se podrá ejercer la actividad turística, debiendo, no obstante, cumplir la normativa que les sea de aplicación y estar en posesión de otras licencias, autorizaciones u otros títulos de intervención que sean exigidos por otros Organismos en virtud de sus respectivas competencias. Dicha presentación permitirá al interesado utilizar la clasificación consignada en su declaración responsable, y su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, sin perjuicio de lo que resulte del procedimiento de comprobación establecido en el artículo siguiente.
