Articulo 280 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
- Con efectos de 24 de julio de 2025 las referencias al Registro de entidades urbanísticas colaboradoras del Consejo Insular de Mallorca se entienden hechas al Registro municipal que corresponda por razón del ámbito territorial de actuación de la entidad. - Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears
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»Artículo 280. Regímenes reguladores de la ejecución subsidiaria
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1. La ejecución subsidiaria de órdenes de reposición de la realidad física alterada dictadas por la administración, cuando sean ya firmes administrativamente y la persona obligada las haya incumplido, se rige por las disposiciones del presente capítulo.
2. La reposición de la realidad física alterada que derive de la ejecución de resoluciones judiciales deberá tener lugar de acuerdo con lo que el órgano jurisdiccional competente determine.
