Articulo 281 Reglamento penitenciario
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Artículo 281. Subdirectores.

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Los Subdirectores y el Administrador son los responsables de la organización y gestión ordinaria de los servicios que tenga atribuidos su puesto de trabajo, bajo la dirección y supervisión del Director, debiendo realizar también las funciones que éste les encomiende, de acuerdo con sus instrucciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-02-1996 en vigor desde 25-05-1996