Articulo 282 Enfermedades transmisibles de los animales -Legislación sobre sanidad animal-
- El presente Reglamento será aplicable a partir del 21 de abril de 2021, salvo los arts. 270.1 y 274, que serán aplicables a partir de la fecha de su entrada en vigor.
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»Artículo 282. Evaluación
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La Comisión evaluará el presente Reglamento junto con los actos delegados a que se refiere el artículo 264 y presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe con los resultados de dicha evaluación a más tardar el 22 de abril de 2026.
