Articulo 284 se aprueba e...lla y León

Articulo 284 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

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Artículo 284. Motivación.

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El Ayuntamiento, de oficio o a instancia de cualquier interesado, puede acordar el cambio del sistema de actuación o la derogación del Proyecto de Actuación aprobado para desarrollar una actuación integrada, en los siguientes casos:

a) Cuando se incumplan los plazos señalados en el Proyecto de Actuación o en los demás instrumentos de planeamiento y gestión urbanística aplicables.

b) Cuando el urbanizador pierda las condiciones que le habilitaban para serlo.

c) Cuando el propio urbanizador solicite el cambio por haber adquirido las condiciones necesarias para desarrollar la actuación mediante otro sistema.