Artículo 284 Real Decret...1 de marzo

Artículo 284. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo

Ver Indice
»

Artículo 284. Periodicidad de las elecciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Todas las elecciones a los órganos colegiados se celebrarán cada cuatro años, excepto para los sectores de la comunidad universitaria que reglamentariamente establezcan un plazo diferente.