Articulo 286 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»Artículo 286. Derechos de los propietarios no responsables de incumplimiento.
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Tras el acuerdo de cambio del sistema de actuación o derogación del Proyecto de Actuación, los propietarios no responsables del incumplimiento conservan los derechos vinculados a la gestión urbanística, conforme a las siguientes reglas:
a) Se entiende que no son responsables del incumplimiento los propietarios no adheridos a la entidad urbanística colaboradora que actúe como urbanizador.
b) El acuerdo puede establecer la compensación de las cuotas de urbanización ya satisfechas o su abono con cargo a la garantía incautada al urbanizador.
c) Si el nuevo sistema de actuación es el de expropiación, debe aplicarse a los propietarios no responsables el procedimiento de liberación de la expropiación.
