Articulo 286 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
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»Artículo 286.
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1. El estado socioeconómico del inventario comprenderá:
Una reseña concisa de la producción pasada, a ser posible del último decenio.
Un resumen de los trabajos selvícolas, de creación y conservación de infraestructura, y de defensa del monte frente a incendios, plagas y enfermedades.
Una descripción sencilla de la infraestructura actual del monte: Número y longitud de las vías, áreas cortafuegos, etc.
2. El estudio del mercado potencial de bienes y servicios del monte podrá inferirse de los estados socioeconómicos de los inventarios de montes próximos o de la misma comarca.
