Articulo 288 Régimen específico de tasas

Articulo 288 Régimen específico de tasas

Ver Indice
»

Artículo 288. Responsabilidades de los usuarios de los servicios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los usuarios que soliciten este servicio asumirán la responsabilidad de la dirección y organización en la manipulación de las mercancías y útiles, siendo de su cuenta y riesgo todas las operaciones relacionadas con la manipulación, debiendo destinar a las mismas tanto el material necesario como el personal debidamente cualificado y con experiencia suficiente, pudiendo ser recusados por la Dirección General de Costas y Puertos los que no reúnan las condiciones para ello.