Articulo 29 46 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
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»Artículo 29. 4-6. Cuota líquida
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La cuota líquida será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra una bonificación del 50% de la cuota íntegra en el caso de contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general, en los casos de los puntos 1.1 y 2 del cuadro del artículo 29.4-5.
