Articulo 29 Actuaciones protegibles en materia de vivienda
- A partir del 1 de enero de 2023, las referencias al Informe de Evaluación de Edificios contenidas en el presente Decreto Foral deberán entenderse hechas al Libro del Edificio Existente. - LEY FORAL 18/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022
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»Artículo 29. Programas de Alquiler Joven.
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Los programas de Alquiler Joven podrán ser reconocidos como tales por el Departamento de competente en materia de vivienda cuando cumplan los siguientes requisitos.
1. Que ninguno de los solicitantes haya cumplido 35 años en el momento de la solicitud.
2. Que la superficie útil de la vivienda no exceda de 75 metros cuadrados útiles.
3. Que el número de miembros de la unidad familiar del solicitante no exceda de cuatro.
4. Que la renta inicial anual no supere el 4,5% del precio de venta máximo a que hubieran podido venderse en segunda transmisión las viviendas y sus anejos si se hubieran calificado como vivienda de protección oficial en régimen de propiedad.
