Articulo 29 Administración y Sector Público Institucional Foral
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»Artículo 29. Estructura departamental.
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1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra se estructura, de acuerdo con el principio de división funcional, en Departamentos, comprendiendo cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa de los que tenga competencia la Comunidad Foral de Navarra.
2. La creación, modificación, agrupación y supresión de Departamentos, así como la determinación del sector o sectores de la actividad administrativa a los que se extenderá la competencia de cada uno de ellos, corresponde a la Presidenta o Presidente del Gobierno de Navarra, mediante decreto foral.
