Articulo 29 el que se apr...nistrativa

Articulo 29 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Historico de Bizkaia, en materia de revision en via administrativa

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Artículo 29. Secciones del Tribunal EconómicoAdministrativo Foral

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1. El Tribunal EconómicoAdministrativo Foral se organiza en cuatro vocalías o secciones.

a) Primera: del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

b) Segunda: de tributos indirectos

c) Tercera: de tributos locales

d) Cuarta: de tributos directos. 2. La vocalía Primera conocerá de las reclamaciones que se planteen contra actos o liquidaciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, salvo aquéllas expresamente atribuidas a la vocalía Cuarta.

La vocalía Segunda conocerá de las reclamaciones que se planteen contra actos y liquidaciones por tributos indirectos.

La vocalía Tercera conocerá de las reclamaciones interpuestas contra actos y liquidaciones por tributos locales gestionados por la Diputación Foral, las actuaciones seguidas en los procedimientos frente a los sucesores o responsables y los restantes actos reclamables que no tengan cabida en el resto de vocalías.

La vocalía Cuarta conocerá de las reclamaciones planteadas contra actos o liquidaciones por tributos directos, salvo en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en que únicamente conocerá de las que se deriven de actas de inspección.

Cada una de las vocalías conocerá igualmente de las actuaciones en el procedimiento de recaudación que afecten a los tributos cuyo conocimiento les esté encomendado, excepto lo relativo a los procedimientos frente a los sucesores o responsables.