Articulo 29 se aprueba el...dad Social

Articulo 29 se aprueba el Reglamento General del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social

Ver Indice
»

Artículo 29. Alcance de la obligación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



(DEROGADO)

La cotización al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social será obligatoria para todos los trabajadores incluidos en su campo de aplicación.