Articulo 29 Archivos de Cantabria

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Artículo 29. Deber de conservación.

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1. Las personas o entidades titulares de archivos o de documentos que formen parte del Patrimonio Documental de Cantabria están obligados a conservarlos debidamente organizados a disposición de la sociedad según lo dispuesto en cada caso.

2. El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería competente en materia de archivos, está obligado a conservar y defender el Patrimonio Documental de Cantabria y a velar porque los titulares o poseedores de los documentos que lo constituyen cumplan las obligaciones establecidas en la Ley.