Articulo 29 Archivos Públicos

Articulo 29 Archivos Públicos

Ver Indice
»

Artículo 29. Diputaciones Provinciales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Son competencias de las Diputaciones Provinciales en materia de archivos, además de la gestión de sus propios archivos, la prestación de servicios de asesoramiento técnico y de apoyo económico a los archivos municipales.

2. Son obligaciones de las Diputaciones Provinciales:

a) Presentar ante el Consejo de Archivos, para su informe, los planes de actuación en los archivos municipales.

b) Coordinarse con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en todo lo relacionado con la política de archivos y patrimonio documental.

c) Comunicar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cuantos datos les sean solicitados en materia de archivos y patrimonio documental.