Articulo 29 Archivos Públicos
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»Artículo 29. Diputaciones Provinciales.
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1. Son competencias de las Diputaciones Provinciales en materia de archivos, además de la gestión de sus propios archivos, la prestación de servicios de asesoramiento técnico y de apoyo económico a los archivos municipales.
2. Son obligaciones de las Diputaciones Provinciales:
a) Presentar ante el Consejo de Archivos, para su informe, los planes de actuación en los archivos municipales.
b) Coordinarse con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en todo lo relacionado con la política de archivos y patrimonio documental.
c) Comunicar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cuantos datos les sean solicitados en materia de archivos y patrimonio documental.
