Articulo 29 Cámara Ofici... Servicios

Articulo 29 Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios

Ver Indice
»

Artículo 29. Convocatoria.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Las sesiones de los órganos colegiados de la Cámara serán convocadas por su Presidente. La convocatoria incluirá el orden del día y la información necesaria sobre los asuntos a tratar, y se realizará con una antelación de, al menos, cuarenta y ocho horas, plazo no aplicable a la convocatoria de sesiones extraordinarias y urgentes.