Articulo 29 Carreteras de Canarias

Articulo 29 Carreteras de Canarias

Ver Indice
»

Artículo 29.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 se entiende sin perjuicio de lo establecido en el titulo cuarto de la presente Ley.