Articulo 29 Comisión de Delimitación Territorial
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»Artículo 29. Solicitud de informes, estudios y documentación
Vigente
La Comisión de Delimitación Territorial, a través de la Secretaría de la Comisión, previo acuerdo del Pleno, podrá requerir de las instituciones, organismos y servicios de la Generalidad, así como de los entes locales, la elaboración de estudios, la emisión de informes o la aportación de la documentación necesaria para poder ejercer sus funciones.