Articulo 29 Comision Jurí...de Euskadi

Articulo 29 Comision Jurídica Asesora de Euskadi

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Artículo 29. Nueva consulta.

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Si, tras la emisión del dictamen, el asunto sobre el que verse es objeto de modificaciones sustanciales que introducen nuevos contenidos que no responden a las sugerencias o propuestas efectuadas por la comisión o las exceden, se ha de realizar una nueva consulta sobre dichos cambios.