Articulo 29 DECRETO118/2013,de9dejulio,delGobiernodeAragón,porelqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesparalacontratacióndeagentesdeempleoydesarrollolocalenelámbitodecolaboraciónconlasentidadeslocales.
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»Artículo 29. Identificación y publicidad de las acciones.
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1. A efectos de difusión pública, la sede donde se centralice la actividad de los AEDL deberá hallarse debidamente identificada y señalizada, colocando para ello, en lugar visible, un cartel informativo según el modelo normalizado que se recoge como anexo a este decreto.
2. Las Corporaciones Locales y sus entidades vinculadas o dependientes beneficiarias de las ayudas previstas en el presente decreto quedan obligadas a hacer constar la colaboración del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Empleo en cuanta publicidad o publicación se haga de las acciones subvencionadas.
