Articulo 29 Decreto49/201...nCantabria

Articulo 29 Decreto49/2014,de11deseptiembre,porelqueseregulanlassubvencionesalarehabilitacióndeviviendas,alapromocióndealojamientosprotegidos,alaadquisiciónypromocióndeviviendasprotegidasyalaerradicacióndelchabolismoenCantabria.

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Artículo 29. Solicitudes, plazo y documentación de las subvenciones a la promoción de viviendas.

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1. Las solicitudes de concesión de la subvención deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la publicación del presente Decreto en el modelo que figura como Anexo VI del presente Decreto.

2. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación.

a. Escritura de propiedad de los terrenos vinculados a la promoción.

b. Escritura del préstamo convenido inscrita en el Registro de la Propiedad.

c. Licencia Municipal de Obras.

d. Certificado de Arquitecto Director de la obra comprensivo de su comienzo y del estado de ejecución.

e. Justificante bancario de disposición del préstamo convenido.

3. No será necesario presentar aquellos documentos que obren en poder de la Administración por haber sido aportados en el procedimiento de Calificación Provisional.