Articulo 29 Desarrollo de la Ley 8/2017, derecho a la identidad y a la expresión de género
Articulo 29 Desarrollo de... de género

Articulo 29 Desarrollo de la Ley 8/2017, derecho a la identidad y a la expresión de género

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 29. Protocolo de atención educativa a la identidad de género

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El protocolo de atención educativa a la identidad de género que apruebe la conselleria competente en materia educativa será de obligado cumplimiento para todos los centros sostenidos con fondos públicos.

Los centros privados no sostenidos con fondos públicos se regirán por sus propias normativas, que tendrán que cumplir las garantías descritas en el artículo 22 de la Ley 8/2017, de la Generalitat. En caso de no disponer de normativa propia se regirán por el protocolo elaborado por la Generalitat.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-2018 en vigor desde 01-09-2018