Articulo 29 Educación de Cataluña

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Artículo 29. Derechos y deberes de los maestros y los profesores en el ejercicio de la función docente. 1. Los maestros y los profesores, en el ejercicio de sus funciones docentes, tienen los siguientes derechos específicos.

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a) Ejercer los distintos aspectos de la función docente a que se refiere el artículo 104, en el marco del proyecto educativo del centro.

b) Acceder a la promoción profesional.

c) Gozar de información fácilmente accesible sobre la ordenación docente.

2. Los maestros y los profesores, en el ejercicio de sus funciones docentes, tienen los siguientes deberes específicos:

a) Ejercer la función docente de acuerdo con los principios, los valores, los objetivos y los contenidos del proyecto educativo.

b) Contribuir al desarrollo de las actividades del centro en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad que fomente entre los alumnos los valores propios de una sociedad democrática.

c) Mantenerse profesionalmente al día y participar en las actividades formativas necesarias para la mejora continua de la práctica docente.