Articulo 29 Estatuto del Consumidor de La Mancha -Derogada-
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»Artículo 29. Formación y recursos.
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Las Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha con competencias en la materia deben velar por la formación continuada del personal inspector y para que la dotación de recursos sea la adecuada que requiere su función.
