Articulo 29 Estructuras agrarias
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»Artículo 29. De la comprobación y control de parcelas
Vigente
Las funciones de dirección y ejecución de la actividad de comprobación y control de las parcelas que pretendan incorporarse o estén incorporadas a la OGR serán desempeñadas por personal propio de la oficina.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-03-2019 en vigor desde 07-03-2019