Articulo 29 Integral cont... de Género

Articulo 29 Integral contra la Violencia de Género

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Artículo 29. Acción popular

Vigente

La Comunidad de Madrid ejercerá la acción popular en los procedimientos penales por causa de muerte, lesiones graves o mutilación genital de la víctima, en la forma y condiciones establecidas por la legislación procesal.