Articulo 29 Juego y apuestas de La Mancha
Artículo 29. Responsables de las infracciones.
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1. Son responsables solidarios de las infracciones tipificadas en esta ley sus autores, por acción u omisión, sean estos las personas físicas o jurídicas que las cometan, les den soporte, cooperen o amparen necesariamente su comisión, publiciten, promocionen u obtengan beneficio de las mismas.
Cuando la infracción se cometa por persona jurídica, la responsabilidad solidaria podrá extenderse a los administradores de hecho o de derecho de aquella que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el párrafo anterior.
2. de las infracciones cometidas por los directivos, administradores o empleados en establecimientos de juego y apuestas o en locales donde haya máquinas, responderán solidariamente las personas o entidades para quienes aquellos presten sus servicios.
3. de las infracciones tipificadas en esta ley, que se produzcan en los establecimientos en los que se practiquen los juegos y apuestas responderán las empresas de juegos y apuestas y los titulares de dichos establecimientos.
4. de las cesiones o transmisiones indebidas responderán solidariamente cedente, transmitente y cesionario o beneficiario de la transmisión.
