Articulo 29 Junta Superior de Contratación Administrativa, Registro Oficial de Contratos, Registro de contratistas y empresas clasificadas y Central de Compras
Artículo 29. Adhesión a sistemas de contratación centralizada
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1. Podrán adherirse voluntariamente a la Central de Compras de la Generalitat para la totalidad de las obras, servicios y suministros declarados centralizados o solo para determinadas categorías de ellos, articulándose a través de acuerdos de adhesión:
a) Las diferentes instituciones que constituyen la Generalitat y que se encuentran determinadas en el Estatut d Autonomia de la Comunitat Valenciana y entidades adscritas o dependientes de instituciones estatutarias.
b) Las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y entes dependientes de ellas.
c) Las entidades locales de la Comunitat Valenciana y sus organismos autónomos y entes dependientes de ellas.
2. El procedimiento de adhesión se realizará en dos fases.
2.1. Primera fase. Adhesión genérica:
a) La entidad solicitará la adhesión genérica indicando si comprende todas las categorías de obras, servicios y suministros declarados centralizados o solo para determinadas categorías de ellos. Esta solicitud se dirigirá al titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de hacienda.
b) La adhesión se formalizará mediante acuerdo de adhesión genérico suscrito por las personas titulares del órgano competente de la entidad adherida y de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de hacienda.
c) La celebración de este acuerdo de adhesión genérico implicará la manifestación formal de su voluntad de integrarse en el régimen general de funcionamiento de la Central de Compras de la Generalitat y el derecho de adherirse a los distintos acuerdos marco de la Central de Compras de la Generalitat.
2.2. Segunda fase. Adhesión específica.
La adhesión específica a un Acuerdo Marco concreto requerirá de previa invitación por la persona titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de hacienda, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Una vez enviada la invitación, la entidad adherida deberá manifestar su voluntad de adhesión al acuerdo marco.
b) Formalización del acuerdo de adhesión específico lo que implicará la obligación la entidad adherida de realizar todas las contrataciones a través del mismo salvo cuando las obras, los bienes adjudicados o el régimen de prestación de los servicios no reúna las características indispensables para satisfacer las concretas necesidades del ente o entidad individualmente adherido. Esta circunstancia requerirá información trimestral a la Central de Compras de la Generalitat. El período de vigencia del acuerdo específico de adhesión será equivalente al del acuerdo marco de referencia.
3. La Administración de la Generalitat y los entes del sector público instrumental podrán adherirse a sistemas externos de contratación centralizada del Estado o de otras comunidades autónomas, que se efectuará de conformidad con la normativa que sea aplicable en cada caso y requerirá la adopción del correspondiente acuerdo por la persona titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de hacienda.
