Articulo 29 Marco regulatorio contable de las entidades locales
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»Artículo 29. -Impuestos indirectos extinguidos.
Vigente
Incluye el rendimiento de los impuestos locales indirectos suprimidos por la Norma Foral de Haciendas Locales.
Se tipifican dos conceptos.
Concepto 290. Impuestos ligados a la producción.
Concepto 291. Impuestos sobre renta, patrimonio y consumo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-08-2015 en vigor desde 01-01-2016