Artículo 29 Medidas urgen... noviembre

Artículo 29 Medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre

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Artículo 29. Consideración de fuerza mayor.

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La afectación de los productores primarios por los acontecimientos objeto de este real decreto-ley se considera causa de fuerza mayor a los efectos de dar por cumplidas las obligaciones contenidas en las normas reguladoras de su actividad.

La invocación de este principio se aplicará al incumplimiento total o parcial de una o más obligaciones exclusivamente debido a la DANA y solo durante el período en que la DANA o sus consecuencias impidan el cumplimiento de dichas obligaciones.