Articulo 29 Menor de Castilla-La Mancha

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Artículo 29. Principios orientadores.

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En las situaciones de riesgo, la actuación administrativa se dirigirá a procurar atender las necesidades del menor, mejorando su medio familiar, y específicamente estará orientada a conseguir:

  1. La colaboración de los padres, tutores o guardadores y del menor.

  2. La desaparición de los factores de riesgo.

  3. La evaluación y seguimiento de la evolución del menor en la familia.