Articulo 29 Participación... Andalucía

Articulo 29 Participación Ciudadana de Andalucía

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Artículo 29. Propuestas de iniciativas reglamentarias.

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1. Las personas y entidades de participación ciudadana previstas en el artículo 6 tienen derecho a presentar a la Administración de la Junta de Andalucía, en las materias de su competencia, propuestas de tramitación de iniciativas de carácter reglamentario, a excepción de las disposiciones de carácter organizativo del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Los requisitos y el procedimiento de las propuestas se determinarán reglamentariamente.