Articulo 29 Participación Ciudadana de Andalucía
Ver Indice
»Artículo 29. Propuestas de iniciativas reglamentarias.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las personas y entidades de participación ciudadana previstas en el artículo 6 tienen derecho a presentar a la Administración de la Junta de Andalucía, en las materias de su competencia, propuestas de tramitación de iniciativas de carácter reglamentario, a excepción de las disposiciones de carácter organizativo del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía.
2. Los requisitos y el procedimiento de las propuestas se determinarán reglamentariamente.
