Articulo 29 Policía de Galicia

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Artículo 29. Titulación.

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1. Para ingresar en la Policía de Galicia se exige cumplir los requisitos que se establecen en la presente Ley y en el resto de la normativa aplicable.

2. De acuerdo con lo establecido en la normativa general en materia de función pública gallega, la titulación exigida para su ingreso será la siguiente:

  1. Grupo A: doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

  2. Grupo B: diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente.

  3. Grupo C: bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalente.