Articulo 29 politica industrial

Articulo 29 politica industrial

Ver Indice
»

Artículo 29. Régimen jurídico de los planes, programas y medidas de promoción industrial

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los planes, programas y medidas de promoción industrial deben respetar, en todos los casos, la normativa comunitaria en materia de defensa de la competencia. Asimismo, y en cuanto a la concesión de ayudas, deben ajustarse a los preceptos del derecho comunitario.

2. La gestión de las subvenciones se rige por la normativa propia aplicable. La normativa de subvenciones tiene carácter supletorio para las demás medidas de fomento.