Articulo 29 Presupuestos 2007 C. Valenciana
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»Artículo 29. Retribuciones del personal eventual.
Vigente
Las retribuciones íntegras del personal eventual al servicio de la Generalitat experimentarán un incremento del 2 % respecto a las correspondientes a 2006, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 23 de la presente Ley.

