Articulo 29 Presupuestos 2016 Madrid
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»Artículo 29. Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia
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1. El personal funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid, percibirá las retribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
2. Los complementos y mejoras retributivas que estén regulados en disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias respecto de este personal, experimentarán un incremento del 1 por ciento respecto a las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2015, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la presente ley.
